Abogadas del Estudio Jurídico de Mindo
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03 Sep
03Sep

Introducción

La parroquia de Mindo, ubicada en el corazón del Chocó Andino, es reconocida por su biodiversidad, paisajes naturales y riqueza hídrica. Sin embargo, el desarrollo urbano y la presión turística exigen una reflexión profunda sobre la gestión y protección del territorio, especialmente en lo que se refiere a las áreas verdes, comunales y de amortiguamiento de ríos. Como abogadas comprometidas con el desarrollo sustentable y el cumplimiento de la ley, compartimos este artículo para informar, sensibilizar y empoderar a la comunidad mindeña respecto a los instrumentos legales que protegen su entorno, y el papel que cada habitante puede desempeñar.

¿Qué son estas áreas y por qué importan?

Áreas verdes

Son espacios vegetales que cumplen funciones ecológicas, recreativas y sociales. En Mindo, esto incluye desde parques hasta corredores ecológicos entre quebradas y zonas habitadas.

Áreas comunales

Terrenos de uso colectivo para actividades comunitarias, como canchas, centros de encuentro, ferias o zonas agrícolas de propiedad colectiva.

Zonas de amortiguamiento de ríos

Franjas de protección ambiental ubicadas a los márgenes de ríos, quebradas y esteros. Estas zonas son vitales para:

  • Evitar la erosión y el desbordamiento del río.
  • Proteger la calidad del agua.
  • Preservar hábitats ribereños.
  • Mitigar los impactos del cambio climático.


Marco legal vigente en Ecuador

A continuación, se presentan los cuerpos normativos que protegen estas áreas. No es necesario ser abogado para comprender que estos instrumentos reconocen, regulan y protegen el derecho de la naturaleza y de las comunidades a vivir en un entorno sano.

Constitución del Ecuador

Establece el derecho de la naturaleza a ser respetada, y reconoce la función ambiental de las áreas verdes y zonas de ribera.

Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD)

Establece que las áreas verdes comunales son intangibles, de uso público, y no pueden ser enajenadas ni destinadas a otros fines.

Código Orgánico del Ambiente (COA)

Regula la protección de cuerpos de agua, zonas de conservación y uso sostenible del suelo. Incluye disposiciones sobre zonas de amortiguamiento.

Ley Orgánica de Ordenamiento Territorial, Uso y Gestión del Suelo (LOOTUGS)

Obliga a los GAD a incorporar zonas verdes, comunales y de protección hídrica en sus planes de ordenamiento territorial.

Ordenanzas locales y PDOT

El Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial (PDOT) y las ordenanzas de uso de suelo del GAD cantonal de San Miguel de los Bancos establecen la intangibilidad de las zonas de protección hídrica, como las riberas de ríos y quebradas.

Contexto territorial: Mindo y sus ríos

Mindo está atravesado por múltiples ríos y quebradas —como el Río Canchupy, Río Mindo, Río Nambillo, y Quebrada Cinto— que sostienen la vida de la comunidad, el turismo ecológico y la biodiversidad del bosque nublado. Sin embargo, hemos observado casos de:

  • Construcciones dentro de zonas de amortiguamiento.
  • Descarga de aguas residuales al río.
  • Ocupación informal de espacios comunales.
  • Eliminación de vegetación ribereña.
  • Uso inadecuado del suelo en áreas verdes públicas.
  • Desviación del cause de ríos.

👉 Esto no solo es ambientalmente riesgoso, sino también legalmente cuestionable.

¿Qué puede hacer la comunidad?

✅ Conocer sus derechos y deberes

Todo habitante tiene el derecho a un ambiente sano, pero también el deber de protegerlo.

✅ Identificar las zonas protegidas

Elaborar junto con el GAD parroquial o cantonal un mapa comunitario de las zonas verdes, comunales y de ribera.

✅ Participar en los procesos de planificación

Los PDOT deben ser participativos. Exija que su voz sea escuchada.

✅ Denunciar ocupaciones ilegales

Si detecta construcciones o actividades no permitidas en áreas protegidas, puede presentar denuncias ante:

  • GAD parroquial o municipal
  • Ministerio del Ambiente
  • Defensoría del Pueblo
  • Fiscalía (en caso de delito ambiental)

🧩 Desafíos en Mindo

  • Falta de información sobre la normativa ambiental.
  • Debilidad en el control territorial.
  • Uso informal de zonas comunales.
  • Conflictos entre intereses turísticos, agrícolas y conservación.

Conclusión

La protección de las áreas verdes, comunales y zonas de amortiguamiento no es solo una causa ambiental, sino también un derecho legalmente protegido. En Mindo, donde la riqueza ecológica y la identidad comunitaria están profundamente ligadas, cada árbol, quebrada y sendero comunitario cuenta. Desde el Estudio Jurídico, creemos que la ley debe servir a la vida y a la comunidad, y que Mindo tiene todo para convertirse en un modelo de gobernanza local ambientalmente responsable.

Nota importante: Este artículo tiene fines informativos y no reemplaza el asesoramiento legal personalizado. Si necesitas orientación sobre un caso específico, te invitamos a ponerte en contacto con nuestro equipo jurídico. Llamando a (+593) 963 526 447 o enviar un correo electrónico