La parroquia de Mindo, ubicada en el corazón del Chocó Andino, es reconocida por su biodiversidad, paisajes naturales y riqueza hídrica. Sin embargo, el desarrollo urbano y la presión turística exigen una reflexión profunda sobre la gestión y protección del territorio, especialmente en lo que se refiere a las áreas verdes, comunales y de amortiguamiento de ríos. Como abogadas comprometidas con el desarrollo sustentable y el cumplimiento de la ley, compartimos este artículo para informar, sensibilizar y empoderar a la comunidad mindeña respecto a los instrumentos legales que protegen su entorno, y el papel que cada habitante puede desempeñar.
Son espacios vegetales que cumplen funciones ecológicas, recreativas y sociales. En Mindo, esto incluye desde parques hasta corredores ecológicos entre quebradas y zonas habitadas.
Terrenos de uso colectivo para actividades comunitarias, como canchas, centros de encuentro, ferias o zonas agrícolas de propiedad colectiva.
Franjas de protección ambiental ubicadas a los márgenes de ríos, quebradas y esteros. Estas zonas son vitales para:
A continuación, se presentan los cuerpos normativos que protegen estas áreas. No es necesario ser abogado para comprender que estos instrumentos reconocen, regulan y protegen el derecho de la naturaleza y de las comunidades a vivir en un entorno sano.
Establece el derecho de la naturaleza a ser respetada, y reconoce la función ambiental de las áreas verdes y zonas de ribera.
Establece que las áreas verdes comunales son intangibles, de uso público, y no pueden ser enajenadas ni destinadas a otros fines.
Regula la protección de cuerpos de agua, zonas de conservación y uso sostenible del suelo. Incluye disposiciones sobre zonas de amortiguamiento.
Obliga a los GAD a incorporar zonas verdes, comunales y de protección hídrica en sus planes de ordenamiento territorial.
El Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial (PDOT) y las ordenanzas de uso de suelo del GAD cantonal de San Miguel de los Bancos establecen la intangibilidad de las zonas de protección hídrica, como las riberas de ríos y quebradas.
Mindo está atravesado por múltiples ríos y quebradas —como el Río Canchupy, Río Mindo, Río Nambillo, y Quebrada Cinto— que sostienen la vida de la comunidad, el turismo ecológico y la biodiversidad del bosque nublado. Sin embargo, hemos observado casos de:
👉 Esto no solo es ambientalmente riesgoso, sino también legalmente cuestionable.
Todo habitante tiene el derecho a un ambiente sano, pero también el deber de protegerlo.
Elaborar junto con el GAD parroquial o cantonal un mapa comunitario de las zonas verdes, comunales y de ribera.
Los PDOT deben ser participativos. Exija que su voz sea escuchada.
Si detecta construcciones o actividades no permitidas en áreas protegidas, puede presentar denuncias ante:
La protección de las áreas verdes, comunales y zonas de amortiguamiento no es solo una causa ambiental, sino también un derecho legalmente protegido. En Mindo, donde la riqueza ecológica y la identidad comunitaria están profundamente ligadas, cada árbol, quebrada y sendero comunitario cuenta. Desde el Estudio Jurídico, creemos que la ley debe servir a la vida y a la comunidad, y que Mindo tiene todo para convertirse en un modelo de gobernanza local ambientalmente responsable.
Nota importante: Este artículo tiene fines informativos y no reemplaza el asesoramiento legal personalizado. Si necesitas orientación sobre un caso específico, te invitamos a ponerte en contacto con nuestro equipo jurídico. Llamando a (+593) 963 526 447 o enviar un correo electrónico